VISIONES ATLÁNTICAS / 263
Tropezar con las leyes

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Hugo Luengo *

 

 

Tropieza quien se da contra los obstáculos que le impiden avanzar y se opone a la opinión de los demás, por más que le advierten de las dificultades, no quiere asumir la realidad de los hechos. Lo analizo con la “Ley de Vivienda Vacacional”, de la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias, aprobada estos días en el Parlamento.

 

Recuerdo la vieja tesis de Coalición Canaria, gobernar de “abajo-arriba” y no como en este caso de “arriba-abajo”. Coloca al legislador en la dificultad de entender el bien a legislar y sus remedios, sin la participación y transparencia obligadas. Desactiva el relato de las derechas, cuando dicen que las izquierdas” son lloronas y prohibidoras”.

 

La nueva sociedad del conocimiento trae nuevos productos, la “vivienda vacacional” como nicho de mercado diferenciado, que responde a otra tipología de turistas; entre ellos los nómadas digitales y los trabajadores temporales. Nos dice el “Colegio de Economistas de Gran Canaria” en su informe de 2024, donde reclama un “multimodelo turístico a revisar”, que sobre el PIB de Canarias 2024 de 57.000 meuros, el PIB turístico es de 22.55 (39,2%), el gasto total de la Vacacional es de 1730 meuros ,3% del PIB, la industria 1418 meuros el 2, 47% del PIB, y el agrario 853 meuros 1,49% del PIB.

 

No parece que la respuesta pública sea proporcionada y que corrija el “equilibrio lógico y razonable”, que reclama el “Dictamen del Consejo Económico y Social” de Canarias, en septiembre 2024. Asombra que sea el PP, quien promueva contra sus “tabernarios turísticos”, donde el pequeño propietario posee en Canarias el 90 % de la oferta, la ley vacacional más extrema de España.

 

Dice la consejera, que lo costó “desactivar” a su partido, cuando a quien debe activar es al ciudadano. Frustrada por no haber consensuado una ley que dejará el 90 % de la oferta fuera de mercado. No parece lógico este desequilibrio, que convierte a todo el sector representado por ASCAV en enemigo, con quien dice no hablarse. Una ley cuyas debilidades nos traen una elevada litigiosidad.

 

Es normal que una nueva ley deje fuera de mercado el 10-15 % de la oferta. Anular el 90 % es signo de su incapacidad para entender una oferta de “nuevo producto”, que del gasto total realizado deja en las islas su 52%, cuando el extrahotelero es el 35% y el hotelero el 21%. Además, impide la desertización de los espacios turísticos.

 

Suma el hecho de desarrollarse en edificación existente, sin consumir suelo y nueva edificación y amplía sus efectos sobre los municipios no turísticos y los espacios rurales. Los ingresos turísticos se reparten entre el 72% hotelero, el 13,85% extrahotelero y el 13,72 % vacacional, siendo su ingreso medio por día de 110 €, 72 € y 94€ la vacacional.

 

Para evaluar los conflictos “jurídico-administrativo-urbanísticos” que nos ofrece la nueva ley, he tenido entre otros a la vista, el “Informe de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife” 2024, el “Dictamen del Consejo Consultivo de Canarias” Dic 2024, contradictorio entre su apoyo a la ley y el amplio contenido que le rechaza. Las Alegaciones contrarias de la FECAM y de los ayuntamientos de Mogán, San Bartolomé de Tirajana y La Oliva, y el resultado de las alegaciones a la misma con el 68% contrarios a ella.

 

El primer problema es su encaje competencial, tanto con la legislación europea, directiva Bolkestein, como la legislación básica nacional, que incumple. No asume la Ley 17/2009 de Liberalización de Servicios, la Ley de Bases de Régimen Local, La ley de Arrendamientos Urbanos, la Lay de Vivienda del 2023. Aquí se identifica la consejera con los conflictos derivados de la Ley de Vivienda, la falta de construcción de vivienda pública en 20 años, la falta de PGO, Planes Parciales y su gestión, que con la vivienda vacacional conforman la “tormenta perfecta”.

 

Todos insisten en el exceso de restricciones sin seguridad jurídica y en la vulneración de la libertad de empresa. No es posible exigir requisitos discriminatorios entre modalidades turísticas, ni exigir de los registros de la propiedad certificados registrales de uso. Limita la capacidad de los ayuntamientos para actualizar sus PGO, que no van a mover al poder operar con modificaciones.

 

Les traslada las competencias de gestionar las VV, cuando debieran ser los Cabildos, y con ello   asumir sus “responsabilidades patrimoniales”. Deberán refundir el trámite de “actividad” con el de “habitabilidad-ocupación”, que técnicamente son lo mismo Desconoce los plazos reales del urbanismo, congela la oferta y desplaza a futuro los problemas. Con una ingeniería fracasada, con más inseguridades y más burocracias.

 

 

Hugo LUENGO BARRETO

Arquitecto y bodeguero.

 

Islas Canarias, 24 de noviembre de 2025

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