El independentismo de Cataluña contra España (2/4)

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LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA AMNISTIA

 

 

Eligio Hernández Gutiérrez *

 

 

Teniendo en cuenta los anteriores antecedentes históricos cabe poner de manifiesto las siguientes falacias de los independentistas catalanes:

La constitucionalidad de la Ley de Amnistía ha sido cuestionada por la mayoría de la doctrina científica mediante los informes de los Letrados del Congreso y del Senado, y en los artículos de más de 60 catedráticos de Derecho, constitucionalistas y de otras disciplinas jurídicas, publicados en el libro “La amnistía en España”

 

Y cuestionada judicialmente mediante dos resoluciones de Tribunal Supremo: Una, que entiende que el delito de malversación de fondos no es amnistiable y, otra, que plantea una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional al entender que dicha ley vulnera el principio constitucional de igualdad y seguridad jurídica.

 

El grotesco ministro Oscar Puente, que no es un jurista de reconocido prestigio, ha puesto al Tribunal Constitucional a los pies de los caballos al anticipar que revocará las resoluciones del Tribunal Supremo, ignorando que, en ese caso, éste puede recurrir ante el THDU o ante el TJUE.

 

La motivación de la ley de amnistía en base a que tiene por finalidad la normalización institucional, política y social en Catalunya, y la defensa de los intereses generales, y la convivencia, es una falacia. Si hubiera, como se defiende por los independentistas catalanes, un conflicto político real con Cataluña, las partes en controversia tratarían de buscarle solución mediante la negociación, la mediación o la conciliación, que conlleva que cada parte ceda al menos parcialmente  en sus pretensiones, lo que es imposible en este caso, en el que los independentistas defienden a ultranza  el derecho a la autodeterminación, prohibido por la Constitución Española, por Naciones Unidas y por la Unión Europea, que no están dispuesto a ceder ni a renunciar, como acordaron en el reciente pacto PSOE-JUNTS en Bélgica, lo que, antes al contrario, no  normaliza la situación en Cataluña sino que se agrava.

 

La realidad social ha revelado, lo que es público y notorio, como ha reconocido algún ministro del gobierno, que la verdadera motivación de la amnistía, lo que la convierte en fraudulenta, es la obtención de los siete votos de Puigdemont para investir presidente a Sánchez.

 

El PSOE sostiene  que en  el infame acuerdo JUNTS-PSOE firmado en Bélgica, se mantiene el rechazo a cualquier acción unilateral, pero oculta que el gobierno carece de instrumentos legales para materializar ese rechazo pues en el nada inverosímil caso de que en el Parlamento catalán se celebrara una sesión como las del 6 y 7 de septiembre de 2017, o derogaran la vigencia de la Constitución y del Estatuto de Autonomía y, a continuación, proclamaran la independencia de su territorio o restablecieran la declaración  de independencia de 2017, los fiscales y los jueces estarían completamente desarmados para responder penalmente a esa actuación, por el simple hecho de que no existiría en el Código Penal ningún delito del que acusar a los responsables del desafuero, al ser derogados los delitos de rebelión y sedición.

 

El único instrumento que le quedaría al Estado sería recurrir de nuevo al artículo 155, pero este es por definición transitorio, carece de contenido jurídico-penal, y depende del apoyo del PP en el Senado, además de que, el Gobierno de Sánchez, en minoría socialista en el Congreso, sufriría el abandono en masa de todo el bloque nacionalista.

 

No se sustenta la afirmación, de que Cataluña está hoy mejor que en 2017, ya que la historia también demuestra que el independentismo catalán, después de haber pasado etapas en la travesía del desierto, ha vuelto a resurgir como el enemigo que siempre nos acecha en las curvas ilusionadas de nuestra historia. No podemos olvidar la advertencia de Ortega y Gasset en su Discurso sobre el Estatuto de Cataluña (1932):

 

“Pues bien; en el pueblo particularista, como veis, se dan, perpetuamente en disociación, estas dos tendencias: una, sentimental, que le impulsa a vivir aparte; otra, en parte también sentimental, pero, sobre todo, de razón, de hábito, que le fuerza a convivir con los otros en unidad nacional. De aquí que, según los tiempos, predomine la una o la otra tendencia y que vengan etapas en las cuales, a veces durante generaciones, parece que ese impulso de secesión se ha evaporado y el pueblo éste se muestra unido, como el que más, dentro de la gran Nación. Pero no; aquel instinto de apartarse continúa somormujo, soterráneo, y más tarde, cuando menos se espera, como el Guadiana, vuelve a presentarse su afán de exclusión y de huida”.

 

No nos engañemos, tampoco aceptarían un resultado del referéndum contrario a la independencia, ya que a continuación pedirían indefinidamente la convocatoria de otros con la esperanza de lograr una independencia irreversible. Seguirían peregrinando por el desierto del Sinaí para entrar en la tierra que nadie les ha prometido.

 

Pero aún en el hipotético caso de que se les concediera la independencia, sucedería lo que lapidariamente advirtió Ortega y Gasset en el debate parlamentario sobre el Estatuto de Cataluña en mayo de 1932:

 

Supongamos: que se concediera, que se otorgase a Cataluña absoluta, íntegramente, cuanto los más exacerbados postulan. ¿Habríamos resuelto el problema? En manera alguna; habríamos dejado entonces plenamente satisfecha a Cataluña, pero ipso facto habríamos dejado plenamente, mortalmente insatisfecho al resto del país.

 

El problema renacería de sí mismo, con signo inverso, pero con una cuantía, con una violencia incalculablemente mayor; con una extensión y un impulso tales, que probablemente acabaría (¡quién sabe!) llevándose por delante el régimen”.

 

 

*  Eligio HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ

Presidente de la Sociedad Civil de Canarias.

Abogado en ejercicio y Magistrado jubilado.

Embajador de la Marca Ejército.

Ex fiscal general del Estado y ex miembro del Consejo de Estado.

Ex diputado en el Parlamento de Canarias.

Ex Gobernador Civil de S/C de Tenerife y delegado del Gobierno en Canarias.

Ex miembro del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Académico de la Academia Canaria de la Lengua.

Licenciado en Derecho por la Universidad de La Laguna (ULL)

Diplomado en Derechos Humanos por la Universidad de Estrasburgo.

Vicepresidente de la Fundación Juan Negrín.

Militante socialista.

Cristiano militante.

 

 

Santa Cruz de Tenerife, 21 de agosto de 2024.

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