Acusación
sin pruebas

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Eligio Hernández Gutiérrez *

 

 

En un artículo publicado en el periódico digital InfoLibre el 21 de agosto por Carlos Jiménez Villarejo, me acusa de impedir como Fiscal General del Estado la persecución penal del Gobierno de Pujol en el caso CARIC. Hace 26 años que cesé como Fiscal General del Estado y no recuerdo haber tomado ninguna decisión relacionada con Pujol, con el que nunca tuve contacto personal, como tampoco recuerdo el caso CARIC.

 

Jiménez Villarejo sabe perfectamente como fiscal, que un FGE no toma más decisiones que aquellas que han sido estudiadas y elaboradas materialmente por su órgano asesor personal, la Secretaria General Técnica, integrada por fiscales designados por su especial preparación profesional, y las acordadas previamente por los órganos colegiados superiores, la Fiscalía del Tribunal Supremo o la Junta de Fiscales de Sala.

 

Así qué en el caso, que no recuerdo, de que la Fiscalía General del Estado haya tomado la decisión de no apoyar la querella, al parecer, presentada por la fiscalía de Barcelona contra el gobierno de Pujol, estaría fundamentada por dichos órganos. Lo que no me explico es cómo la fiscalía de Barcelona, con Carlos Jiménez Villarejo a la cabeza, no planteó contra la supuesta decisión de la FGE de impedir la persecución penal del Gobierno de Pujol, el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que establece lo siguiente:

 

El Fiscal que recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente, se lo hará saber así, mediante informe razonado, a su Fiscal Jefe. De proceder la orden o instrucción de éste, si no considera satisfactorias las razones alegadas, planteará la cuestión a la Junta de fiscalía y, una vez que ésta se manifieste, resolverá definitivamente reconsiderándola o ratificándola. De proceder de un superior, elevará informe a éste, el cual, de no admitir las razones alegadas, resolverá de igual manera oyendo previamente a la Junta de Fiscalía. Si la orden fuere dada por el Fiscal General del Estado, éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala”.

 

Espero que Jiménez Villarejo aporte a este medio una copia de la supuesta resolución de la FGE que impidió perseguir penalmente al Gobierno de Pujol, que podría probar la comisión del delito de dejar intencionadamente de promover la persecución de los delitos, tipificado en el artículo 408 del Código Penal, ya que, si no lo prueba, estaría cometiendo contra mí un delito de calumnias, del que me reservo las acciones judiciales que sean procedentes. En 1995, cuando yo ya no estaba en la Fiscalía del Estado, Jiménez Villarejo fue nombrado Fiscal Anticorrupción. Cabría preguntarle ¿El FGE le impidió perseguir, como era su obligación, la corrupción de Pujol que se convirtió en una organización criminal, como ha calificado su conducta un Juez de Instrucción de la Audiencia Nacional?

 

Los que hemos conocido la compleja personalidad de Carlos Jiménez Villarejo, ya octogenario- que contrasta con la de su hermano José, un eximio fiscal y magistrado del Tribunal Supremo, un caballero,  y un socialista cabal,- no nos ha sorprendido este ruin e innoble ataque a mi persona,  26 años después de mi abandono de la FGE, según afirma, por apoyar a un delincuente, lo que no es cierto, no ya porque el Rey Emérito no ha sido investigado judicialmente, y por, lo tanto, aunque se le instruya un procedimiento penal, goza de la presunción de inocencia, derecho fundamental que tan celosa y demagógicamente ha defendido siempre Jiménez  Villarejo.

 

Aprovechando la benevolencia de este medio, me permito transcribir LAS RAZONES POR LAS CUALES FIRMÉ EL MANIFIESTO “EN DEFENSA DEL REINADO DE JUAN CARLOS I”, expuestas en una Radio Local, que, en resumen, fueron los siguientes:

 

1º)   El manifiesto no es una defensa de la persona del Rey Emérito sino de su Reinado, dejando claro que la conducta de Juan Carlos es personal, políticamente y éticamente reprochable, como lo fue la de su abuelo Alfonso XIII e Isabel II, y la de sus antepasados Carlos IV y Fernando VII,  si bien el juicio mediático penal paralelo por unos hechos no destruyen la presunción de inocencia, derecho constitucional fundamental que ostenta cualquier ciudadano español, mientras no se declaren probados en una sentencia firme. En todo caso, la Corona, símbolo de la monarquía parlamentaria, forma política del Estado Español (artículo 1.3 de la Constitución), está por encima de quienes la encarnan en cada momento.

 

2º)   Juan Carlos fue, sin duda, uno de los artífices de la Transición, al lograr que el franquismo se hiciera el haraquiri aprobando, milagrosamente, la Ley para la Reforma Política. Por primera vez en la historia de España, se cambió un régimen político sin que se produjera una insurrección militar o una guerra civil. La Constitución de 1978, que Juan Carlos, junto con otras personas y factores hicieron posible, unió por primera vez en la historia a las dos Españas, y ha sido las más trascendental e importante de la historia de España, que supuso un armisticio final de una guerra civil, de una larga dictadura, y de dos siglos de contiendas civiles, y ha dado lugar a la etapa histórica de mayor duración, de 40 años,  de estabilidad política, y progreso social y económico de la historia de España.

 

3º)   Se han hecho conjeturas y suposiciones sobre el papel de Juan Carlos en el 23F, pero yo me quedo con lo que me dijo Santiago Carrillo personalmente, y ha dejado escrito en sus Memorias: “Si el 23 F en lugar de estar en la Zarzuela un Rey, está un Presidente de la Republica, el golpe hubiese triunfado, o lo paraba el Rey o no lo paraba nadie”. En su Testamento Político (pag.331, Galaxia Gutenberg), Santiago Carrillo, escribió: “la actual Monarquía, y más precisamente el Monarca, ha hecho un papel sumamente útil para España, pero el pasado de la dinastía lo considero nefasto para España”.

 

4º)   A la pregunta de porque un socialista que se considera republicano firmó el citado Manifiesto, respondí que el debate República-Monarquía, ya se produjo en las Cortes Generales en la Transición a iniciativa de los socialistas, y es legítimo que pueda producirse de nuevo si se planteara una reforma constitucional que incluyera el título preliminar, que posibilite un referéndum sobre la forma de Estado. En el debate de 11 de mayo de 1978 en el Congreso, intervino por el grupo parlamentario socialista  el líder histórico de Izquierda Socialista y catedrático de Filosofía, Luis  Gómez Llorente, que desmontó brillantemente la acusación de la artimaña socialista, exponiendo que: no es necesario ocultar nuestra preferencia republicana aunque hay ejemplos en que el socialismo, en la oposición y en el poder, no es incompatible con la Monarquía cuando ésta cumple escrupulosamente el respeto a la soberanía popular, es decir, cuando acepta sin traba alguna las transformaciones políticas y económicas que el pueblo desea en cada momento.Por eso, los socialistas hemos sido leales al Pacto Constitucional, defendido sin reservas por el presidente Sánchez y, por lo tanto, a la Constitución de 1978 y a la Monarquía.

 

 * Eligio HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ

Presidente de la Sociedad Civil de Canarias.

Abogado en ejercicio y ex magistrado.

Ex Fiscal General del Estado y ex miembro del Consejo de Estado

Ex diputado en el Parlamento de Canarias.

Ex Gobernador Civil de S/C de Tenerife y Delegado del Gobierno en Canarias.

Ex miembro del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Académico de la Academia Canaria de la Lengua.

Licenciado en Derecho por la Universidad de La Laguna (ULL)

Diplomado en Derechos Humanos por la Universidad de Estrasburgo.

 

Santa Cruz de Tenerife, 27 de agosto de 2020.

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