Por una…
Administración V.19

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Ramiro Cuende Tascón *

 

 

Sin una nueva actitud en la administración, la economía no remontará en los tiempos a los que nos enfrentamos, tras la odiosa pandemia de la enfermedad por coronavirus (COVID-19), cuyo virus que no bacteria por las cosas de la ciencia se llama de otra manera (SRAS-CoV-2). Virus de tipo 2 causante del odioso síndrome respiratorio agudo severo, que tanto daño ha causado.

 

Tiempos que necesitan, por sus especiales circunstancias a nivel mundial, nuevos modos por parte de la administración, me refiero a la española, y por supuesto dentro de la legalidad, con la diferencia que en vez de administrar a un kilómetro de distancia de la línea que separa del precipicio de la rectitud, se administre a unos metros, lo que evitaría entorno a unos 900 metros de; papeleo absurdo, de informes y reinformes, la mayor de las veces ilegales de pleno derecho, de interpretaciones kafkianas capaces de paralizar la vida, no lo duden en ocasiones años, la arbitrariedad, una absurda sensación de poder, la distancia…

 

Nuestra administración, en todas sus vertientes y materias, necesita de una agilidad de la que hoy por hoy adolece, y la que padecemos todas las partes; administrados y administradores, lo que me lleva a no entender lo que sucede con tanta naturalidad en la actualidad. Tal situación se debe a muchos motivos, pero no se sobrelleva de igual manera en momentos de bonanza que en momentos de privanza, como el que se nos ha venido encima, una vez más.

 

Nunca debería ser así, pero las penas con pan son menos, si bien, esta vez agravada por las medidas relacionadas con la confinación y su superación. Cuestión que no es baladí. Gracias a Jaime Rodríguez-Arana, su lectura me ha esperanzado: “Las páginas que   siguen   se   circunscriben   a ambas perspectivas. Al derecho a la buena Administración pública y al principio de buena Administración pública. Estas dos consideraciones están muy vinculadas a la innovación en la Administración porque solo se podrán producir cambios relevantes si el ciudadano cada vez es más consciente de su papel en relación con la Administración y exige de verdad sus derechos y, por otra parte, si los organismos públicos actúan sobre la base de la buena Administración pública”. De su cosecha, que hago mía.

 

La realidad es que hace tiempo venimos viviendo una administración, a la que yo definiría con toda certeza lenta, aún más, que parece escondida tras los modos al uso; citas previas, da casi igual telefónicas que presenciales, lo cual parece una broma de mal gusto. Un mundo escondido tras las bambalinas de unas educadas y amables telefonistas.  Y, esto no es resultado de la capacidad de nuestros funcionarios que los hay con mucho criterio, es un problema de método y organización. Llego a pensar que no interesa que funcione algo tan importante como es la administración, que dispone el discurrir de nuestras vidas. Solo podría ser así, disculpen, para que funcione el amiguismo, el favoritismo, y al final la odiosa plaga de la corrupción instalada en el planeta. Sé que la mayoría no cohecha, no los conozco, aunque quedan; adoradores del becerro de oro y del chanchullo.

 

Somos Europa en África, entiendan en clave geo referencial, pero, aunque Europa no es el paraíso, nos puede enseñar, y obligar a una práctica administrativa diferente, basada en el principio europeo sobre el derecho a la “buena administración”. El derecho fundamental a la buena administración, tal y como está redactado en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de diciembre de 2000, trae consigo un replanteamiento del derecho administrativo en su conjunto. Ahora, desde la centralidad del ciudadano y desde su participación activa en la conformación de los intereses generales, el derecho administrativo y sus principales categorías deben ser nuevamente formulados puesto que ahora la relevancia de los derechos fundamentales de la persona sugiere nuevas formas de comprender el sistema del derecho administrativo.

 

Este novedoso derecho en el que en España se empieza a hablar trae consigo un giro copernicano en la forma de comprender el funcionamiento de la Administración en su conjunto y, sobre todo, en la necesidad de proceder a permanentes procesos de reforma y mejora desde los que la eficacia, la calidad, el servicio y la promoción de las libertades solidarias, frente al miedo que sobrevive junto a la mala conciencia, brillen con luz propia.

 

En su libro, “Estado modesto, Estado moderno: estrategias para el cambio”, Michel Crozier analiza los porqués, de la situación que vivimos, él lo basa en su Francia. Pero créanme, tras leerlo es perfectamente extrapolable a nuestra experiencia en España. Dice: “La participación de los franceses en la vida política de su país disminuyó a partir de la década de los años sesenta; se atribuye esta apatía al predominio del individualismo; a la incapacidad de una población para comprender sus problemas como sociedad. Crozier considera que a este problema lo precede la incapacidad de los gobernantes para actuar de acuerdo con los cambios que exige la modernización en los diversos ámbitos de la vida francesa.

 

Voy a centrar mi reflexión, vuelvo. En el presente, momento de profunda crisis en sentidos conocidos y desconocidos, el desconcierto que nos habita, solo se canalizará mediante la transformación de nuestra Administración Pública; que tendrá que trabajar sobre la realidad, desde la racionalidad y, centrada en el ser humano, el administrado. Tendrá que trabajar con mentalidad abierta, buscando el entendimiento y haciendo gala de una profunda sensibilidad social.

 

Con base en el trabajo de Jaime Rodríguez-Arana, me aventuro a realizar un esquema en base al que trabajar, más pronto que tarde; ¿Y si el funcionario comete un error que afecta negativamente los derechos o intereses legítimos de un ciudadano? El párrafo tercero del artículo 12 viene a dar por bueno ese inteligente dicho que reza así: rectificar es de sabios. En estos casos, el artículo señala que el funcionario presentará sus excusas, tratará de corregir los efectos negativos resultantes de su error de la forma más rápida posible e informará al interesado de las posibilidades de recurso de conformidad con el artículo 19 del código de buena conducta. No puede existir la arbitrariedad, si el error.

 

Termino con un grito a la esperanza, cosas han mejorado mucho y bien, pero queda mucho por hacer. Especialmente en lo que se refiere a la arbitrariedad y a la erradicación del desorden. No podemos seguir ni un día más con que una firma testaruda paralice la existencia. Para que esto no suceda algo tendrá que cambiar, de no ser así, nos vemos abocados a la pandemia social.

 

Por lo que se refiere al aludido Código Europeo de Buena Conducta, aprobado por el Parlamento Europeo en septiembre de 2001, poco tiempo después de la Carta Europea de los Derechos Fundamentales (diciembre de 2000 y, después, diciembre de 2007), es necesario señalar que es un instrumento magnífico para que el Defensor del Pueblo, en todas sus variantes nacionales, compruebe la existencia de casos de mala administración cuando así se le solicite, cumpliendo cabalmente de esta manera  la función de control externo de  la  actuación  de  las instituciones y órganos de la UE que tiene encomendada.

 

Más Europa, sin olvidar la siesta, las cañas y los camarones, todo cabe si se piensa.

 

* Ramiro CUENDE TASCÓN.

Arquitecto

Socio de CGA Arquitectos

Co fundador-propietario de Cuende y Gutiérrez Asociados S.L.P. – Arquitectos.

 

Santa Cruz de Tenerife, 12 de junio de 2020.

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