REF, derechos de Canarias

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Román Rodríguez *

 

 

Relativizar la importancia que para nuestra tierra y su gente tiene el Régimen Económico y Fiscal (REF) solo puede ser fruto del desconocimiento o el prejuicio. Convertirlo en un asunto que solo concierne al empresariado, también, aunque en este caso al desconocimiento se le suelen sumar interesados sesgos ideológicos. Cualquier análisis sosegado, riguroso y con datos lleva necesariamente a poner en valor la trascendencia del REF en nuestras vidas cotidianas, a la relevancia de su estricto cumplimiento y a la necesidad de estar siempre atentos para que el Estado lo respete en los distintos desarrollos legislativos. Y, como se sabe, son demasiado frecuentes los incumplimientos, tanto por gobiernos progresistas como por conservadores.

 

En Canarias contamos con un entramado jurídico institucional que resulta esencial para el desarrollo eficiente de nuestro autogobierno, para que este pueda ofrecer respuestas adaptadas a las necesidades diferenciadas de nuestra sociedad en todos los ámbitos. Conformado por nuestro Estatuto de Autonomía, aprobado inicialmente en 1982, reformado en 1996 y situado como Estatuto de tercera generación en 2018; nuestro REF, cuya parte económica también se actualizó y modificó ese año (la fiscal fue reformada con anterioridad, en 2014); y el trato específico que recibimos en la Constitución de la Unión Europea, en el artículo 349, como región ultraperiférica (RUP).

 

Canarias, desde la conquista y colonización, siempre dispuso de un tratamiento diferenciado por parte del Estado. Primero por los Reyes Católicos, otorgando un régimen de franquicias a las Islas (1487); posteriormente, con la creación de los Puertos Francos en 1852; y, en la fase final del franquismo, en 1972, con la aprobación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Se reconocía así que éramos la comunidad con mayores particularidades, la que precisaba y precisa de un trato específico para avanzar en niveles de equidad con el resto.

 

COMPENSACIONES

 

En el caso del REF se trata de un conjunto de normas y de medidas económicas y fiscales que buscan compensar al archipiélago por las dificultades estructurales que afectan a su sociedad, a las familias, a las empresas y a las administraciones públicas. Y que están marcadas por nuestra lejanía del Estado del que formamos parte, por los costes de la insularidad y de la doble insularidad, así como por las dificultades añadidas que supone la carencia de recursos naturales y el pequeño tamaño del mercado y su fraccionamiento; y, especialmente, por el impacto que tiene el transporte entre las islas, y entre estas y el resto del mundo.

 

Hay que destacar que no se trata de privilegio alguno. Simplemente de diferentes medidas de carácter compensatorio para que la sociedad canaria en su conjunto esté en condiciones parecidas a las de otras nacionalidades y regiones del Estado. Y esto se logra a través de una serie de compensaciones económicas, una fiscalidad diferenciada y las bonificaciones a la inversión.

Respecto a los programas económicos del REF sus partidas están consignadas en los presupuestos estatales.

 

Posibilita que la factura eléctrica en las islas sea similar al resto del Estado, pese a que aquí, al contar con seis modelos de producción eléctrica (solo Lanzarote y Fuerteventura están interconectadas) sus costes son bastante más elevados. Asimismo, que nos podamos desplazar entre las islas en barco o en avión, así como con el resto del Estado, con una bonificación del 75% en nuestros billetes. También financia las guaguas en las que nos movemos dentro y fuera de nuestras ciudades. Y el cien por cien en el transporte de mercancías.

 

Otras partidas se dirigen a la renovación de las infraestructuras turísticas; el fomento de las energías renovables y el ahorro energético; la gestión, tratamiento y valoración de los residuos; o la ayuda económica para gastos de transporte de los estudiantes y profesores de las universidades canarias en programas de investigación, formación, así como medidas dirigidas a la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación.

 

También la compensación para producción de agua para consumo humano, el fomento de la formación y el empleo, a través del PIEC, y la partida específica de lucha contra la pobreza. Y, respecto al sector primario, el 100% del POSEI adicional, la compensación para el agua de riego, el incremento al 65% de la subvención de los seguros agrarios o la partida específica destinada a la biodiversidad agraria. Así como los convenios de infraestructuras, entre ellos el de carreteras que supone unos 200 millones anuales para el Archipiélago.

 

Estos programas económicos en su conjunto suponen para Canarias anualmente más de 1.800 millones iniciales en las cuentas públicas estatales, siendo ampliables los energéticos o los del transporte.

 

FISCALIDAD E INCENTIVOS INVERSIÓN

 

Además, Canarias dispone de un fiscalidad diferenciada y propia, más reducida que la del Estado y que, tras la separación de los recursos del REF de los de la financiación autonómica, se destina íntegramente a ayuntamientos y cabildos, así como a la administración autonómica. En la que destaca el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), que tiene en esos momentos un tipo general del 7%, frente al 21% del IVA estatal, tres veces menos. Y que tiene tipo cero para la mayoría de los productos alimenticios, así como los de higiene femenina.

 

También las sillas de ruedas para el traslado de personas con discapacidad y su reparación; o lo que corresponde a la energía eléctrica para el 96% de los consumidores. Y tipo cero también al combustible.

 

Asimismo, se viene aplicando el tipo cero para las mascarillas en la pandemia de la Covid 19; y durante este año 2022 se aplica ese tipo cero también tanto a los bienes como los servicios que vayan destinados a reparar y reactivar cualquier actividad económica cuyas instalaciones se hayan visto afectadas, total o parcialmente, por la erupción del volcán de La Palma. Junto al IGIC operan también en las Islas, el AIEM (que protege la producción local frente a la foránea) y el impuesto especial de matriculaciones. Del total de lo recaudado, el 58% va para las corporaciones locales y el 42% para la Comunidad Canaria.

 

Luego está un tercer bloque del REF que integran las bonificaciones y deducciones a la inversión. Este ahorro en el impuesto de sociedades supone mucho menor volumen que las dos anteriores, pero constituye un poderoso instrumento de capitalización de nuestras empresas, con impacto en el tejido empresarial y en el empleo.

 

Me refiero a la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), la Deducción para Inversiones en Canarias (DIC), la Zona Especial Canaria (ZEC) o el Registro Especial de Buques y Empresa Navieras. Así como la Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizadas en Canarias, que abrió un conflicto con el Estado el pasado año. Y que, tras arduas negociaciones, logramos reconducir adecuadamente.

 

CONTENCIOSOS

 

Pero Canarias mantiene varios contenciosos con el Gobierno del Estado vinculados con el REF. Entre otros los referidos al establecimiento del tipo mínimo del 15% de la cuota en el impuesto de sociedades, una Directiva de la Unión Europea actualmente en fase de tramitación; la extensión de la vigencia de la ZEC hasta el 31 de diciembre de 2029 (ahora se encuentra vigente hasta 2027); o eliminar la prohibición del comercio triangular (trading) en la ZEC decidida en junio de 2021, un comercio que siempre había sido autorizado.

 

A ello se suma la devolución del IGIC a las empresas turísticas afectadas por el cierre de Thomas Cook y, asimismo, nuestra petición de que se permita la materialización de la RIC en las aplicaciones informáticas y en los procesos productivos de empresas ZEC para atraer entidades tecnológicas a Canarias.

 

Desde la fuerza de la unidad de las instituciones y del conjunto de la sociedad de las Islas, seguiremos negociando con el Gobierno central para ir desbloqueando esos asuntos que afectan al REF, como hemos hecho en casos anteriores. Sabemos que no es fácil y que las incomprensiones sobre nuestros fueros se repiten en el tiempo. Pero somos conscientes de las razones que nos respaldan y de que resulta imprescindible que se respeten nuestras especificidades y las leyes que las protegen. Además, estamos obligados a evaluar el impacto del REF para, periódicamente, reformarlo y adaptarlo a las nuevas realidades.

 

*  Román RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

Vicepresidente y consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias.

 

Islas Canarias, 29 de mayo de 2022.

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