VISIONES ATLÁNTICAS / 178
Vivienda urgente (1)
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Hugo Luengo *
Hemos visto la opinión del urbanista inglés Greg Clark (Londres 1962), que ha asesorado a más de 300 ciudades en el mundo. Hong Kong, Nueva York, Viena, Oslo, Barcelona, Turín, Toronto, Sao Paulo, Auckland, Ciudad del Cabo. Señala que cualquier política de innovación urbana, debe cambiar de forma anticipada y planificada y para ello se obliga a crecer con infraestructuras y con vivienda.
Las ciudades con más éxito tienen mucho turismo, apuestan por conectividad, calidad de hoteles, restauración, cultura. Seleccionan el turismo subiendo precios, con seguridades y colaboración público-privada.
El problema de la vivienda es de oferta, el control de precios llega a ser contraproducente, como vemos con la Ley nacional de Vivienda de 2022, que expulsó del mercado del alquiler el 40% de la oferta en toda España. Somos muy lentos, siempre actuamos al límite de las crisis, nos dice Clark.
La vivienda es una urgencia en Europa, así, las últimas elecciones portuguesas han impulsado el cambio de gobierno, con la opción de Chega (Basta), con su oferta a los jóvenes, incapaces de acceder a la vivienda. Convertida en urgencia política, como en Canarias, donde dejamos de construir vivienda protegida desde el año 2000 y reducido sustancialmente la privada desde 2007.
Con todo el margen económico, en la España polarizada, que se ha concentrado en primar jubilados y funcionarios, principales clientes electorales. Como reacción un decreto ley de vivienda urgente para Canarias, respuesta al déficit habitacional acumulado de más de 20 años, donde autonomía y ayuntamientos se olvidaron de la vivienda, núcleo del salario social que retribuye a los jóvenes, que deben sostener la natalidad y las pensiones.
El decreto ley de Obras Públicas, es todo un alarde de medidas dispersas, que vemos luego de analizar los Informes jurídico y técnico de la FECAM (marzo 2024), La Vivienda en Canarias de Corporación 5 (Dic 2023), el Dictamen del Consejo Consultivo (marzo 2024), el Informe del Colegio de Economistas de Gran Canaria, Informes de la Comisión de Urbanismo del Colegio de Arquitectos de Tenerife (marzo 2024), manifestaciones de FEPECO, constructores de Gran Canaria, CEOE y Cámaras de Comercio.
En general los “considerandos” ponen en duda la solidez jurídica e invasión de competencias municipales y lo que es más importante su eficacia y efectos sobre el cuerpo legislativo del suelo. El decreto plantea reconvertir en vivienda protegida, los suelos de dotaciones y equipos, recuperar el suelo urbanizable no apto para urbanizar cuando fue reclasificado de rústico por la ley 2/2017, cambiando el “zoning” vigente.
El problema de fondo es que tenemos la ley del Suelo más compleja de Europa y de España y cuando nos podemos “urgentes” no hay otra que saltarla, con quiebra de la seguridad y desplazando una ley imposible de cumplir. Todo ello además sin ficha financiera, donde como Corporación 5 señala, se precisan 1800 meuros año, para abordar esta política estructural.
Se exigen políticas de suelo y vivienda de largo alcance y mantenidas en el tiempo, en cooperación público-privada. Con urgencia recuperar el “silencio positivo” de las licencias, suprimido ilegalmente contra la Bolkestein en 2011, con los ayuntamientos que tardan 2 o 3 años en dar una licencia, obligada a los 3 meses.
Corregir la paralización del planeamiento por déficits menores y recuperar el “recurso de reposición”, en la aprobación definitiva de los PGO, anular la Ley Autonómica del Cambio Climático, burocrática e insegura. Para operar con crisis habitacional, se suprimen las evaluaciones ambientales, se reducen a la mitad los plazos de las tramitaciones, se hace a Cabildos titulares de la competencia de vivienda, se tritura el “zoning”.
Con nuestra ley actual gestionar un PGO exige 3 legislaturas, cuando se aprueba ya está obsoleto. Operar con agilidad precisa cambiar el paradigma, con “Planes-Proyecto”, como viene haciendo Barcelona desde 1992. En 7 años de nueva ley en 88 municipios de Canarias se han hecho 238 modificaciones, que llaman parciales cuando son “menores” con la nueva ley.
Tampoco saben las administraciones, que pueden hacer con los Planes Parciales modificaciones no “estructurales”. Lleva razón Ángel Lobo, jurista en la administración y la ULL, cuando considera obsoleta y equívoca la figura del Plan General.
a clave reside en cualificar al operador, no en obligar a controles y procedimientos externos sin utilidad, que vemos reducidos al fracaso. Recuperar el marco legal de la Bolkestein, sirviendo a las necesidades ciudadanas. Convertir lo urgente en normal.
* Hugo LUENGO BARRETO
Arquitecto y bodeguero.
Islas Canarias, 8 de abril de 2024
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